30 de agosto: todas y todos al acto!

30 de agosto: Día Internacional del Detenido Desaparecido


Por Gastón Grisoni (*)

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Cuando en diciembre del año 1986 el Parlamento uruguayo aprobó la Ley de Caducidad de la pretensión punitiva del Estado, las FFAA uruguayas negaban su responsabilidad institucional en la desaparición de más de un centenar de uruguayos durante el proceso cívico militar.

Incluso las propias organizaciones sociales vinculadas a la temática de los DDHH desconocían la verdad de lo ocurrido en su verdadera magnitud.

Se sabía que las FFAA y los servicios represivos habían asesinado a decenas de uruguayos en supuestos enfrentamientos que en realidad habían sido crímenes. Se conocía que muchos opositores habían muerto en las salas de tortura, comenzando por el militante del PDC, Luis Batalla, en mayo de 1972 en Treinta y Tres y culminando con el Dr. Vladimir Roslik, en San Javier, a mediados de 1984.

En algunos pocos casos sus cuerpos mutilados habían sido entregados a sus familiares para darles sepultura. En decenas de casos se desconocía el paradero de ellos aunque se presumía, fundadamente, que habían sido asesinados y sus cuerpos sepultados clandestinamente.
La Desaparición Forzada: un crimen de Lesa Humanidad.

La Desaparición forzada es el término jurídico que designa a un tipo de delito complejo que supone la violación de múltiples derechos humanos. Cometido en determinadas circunstancias, constituye también un crimen de lesa humanidad, siendo sus víctimas conocidas comúnmente como desaparecidos o también, particularmente en América Latina, Detenidos Desaparecidos.

El crimen de desaparición forzada, definido en textos internacionales, en la legislación penal de varios países y en la de Uruguay a partir de la Ley 18 026, está caracterizado por la privación de la libertad de una persona por parte de agentes del Estado o grupos o individuos que actúan con su apoyo, seguida de la negativa a reconocer dicha privación o su suerte, con el fin de sustraerla de la protección de la ley.

El asesinato de la persona víctima de desaparición forzada, frecuentemente tras un cautiverio con torturas en un paradero oculto, pretende favorecer deliberadamente la impunidad de los responsables, que actúan con el fin de intimidar o aterrorizar a la comunidad o colectivo social al que pertenece la persona.

Los efectos de la desaparición forzada perduran hasta que no se resuelve la suerte o paradero de las personas, prolongando y amplificando el sufrimiento que se causa a familiares o allegados. Estos últimos, y especialmente, por su vulnerabilidad, los niños que puedan ser sustraídos de padres afectados, son considerados también víctimas de este crimen.

Torturador procesado

El impulso para el reconocimiento de este crimen en la jurisprudencia internacional tuvo lugar desde el último cuarto del siglo XX a raíz de la multiplicación de los casos de desparecidos en América Latina y gracias a la movilización de sectores de la opinión pública y de la sociedad civil, y en particular por la iniciativa de organizaciones no gubernamentales que surgieron primero en estos países y luego, en muchos otros del mundo, especializándose en su denuncia y concienciación.

Roberto Gomensoro: un caso paradigmático.

El reciente pronunciamiento de la justicia en el Departamento de Tacuarembó, que culminó con el procesamiento del coronel ® Juan Carlos Gómez y del teniente coronel ® José “Nino” Gavazzo, permitió develar lo ocurrido con el primer desaparecido en suelo uruguayo a manos de las FFAA, Roberto “Tito” Gomensoro Josman.

Roberto Julio Gomensoro Josman tenía 24 años cuando fue asesinado. Nacido el 30 de enero de 1949 en Montevideo, era casado, se domiciliaba en Velsen 4484, era estudiante y docente de la Facultad de Agronomía de la Universidad de la República, militaba en el Movimiento 26 de Marzo del Frente Amplio y en la Agrupación "Época 26". Era también dirigente de la Asociación de Estudiantes de Agronomía (AEA) y de la FEUU.



Fue detenido el 12 de marzo de 1973 en su domicilio del barrio Malvín a la 1.30 horas de la mañana. Probablemente fue conducido al Grupo de Artillería Nº 1, ubicado en el barrio "La Paloma", en las cercanías del Cerro de Montevideo, donde fue sometido a interrogatorios bajo tortura.

Roberto Gomensoro fue detenido por las FFAA tres meses antes del golpe de Estado del 27 de junio de 1973 desmintiendo la teoría de que el Terrorismo de Estado comenzó a partir de esa fecha. Fue sometido a crueles tormentos y asesinado en el Batallón de Ingenieros Nº 3 con asiento en Paso de los Toros. Su cuerpo, envuelto en una malla de alambre y con grandes piedras, fue arrojado a las aguas de la represa del Rincón del Bonete, donde días después fue encontrado flotando, por vecinos de la zona.

Sus restos mortales fueron identificados por técnicos forenses, recién, a principios de este siglo ya que un médico policial de la época conservó su cráneo. La decisión del actual Poder Ejecutivo de considerar que el caso de Roberto Gomensoro no se encontraba comprendido dentro de las disposiciones de la Ley de Caducidad permitió que la justicia condenara a Gómez y a Gavazzo, ampliando el número de militares detenidos por estos crímenes.

El caso de Roberto Gomensoro es emblemático. Es el primer detenido desaparecido en suelo uruguayo cuyos restos fueron encontrados, debidamente identificados, claramente establecidas las circunstancias de su muerte, estableciendo además las responsabilidades penales de los autores materiales de la desaparición los cuales fueron procesados y están en prisión.
El Plan Cóndor.

Desde 1973 los servicios represivos del Cono Sur coordinaban sus acciones en la región en lo que se conoce como El Plan Cóndor. Uruguay fue un activo participante en dicho plan, resultado del cual es la desaparición hasta el día de hoy de casi 200 uruguayos que se encontraban mayormente en la Argentina, aunque también hay casos ocurridos en Chile y en Paraguay.

Durante mucho tiempo se creyó que esos uruguayos habían sido ejecutados y desaparecidos en la Argentina. Las investigaciones llevadas adelante por Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos y por el periodista Roger Rodríguez permitieron ir desentrañando la trama. Su trabajo tenaz permitió llegar a la conclusión de que los mismos fueron secuestrados en la Argentina con la participación de militares y policías uruguayos actuando en forma encubierta, trasladados clandestinamente a Uruguay, asesinados y sus cuerpos desaparecidos hasta el momento actual.


El informe entregado el 8 de agosto de 2005 al Presidente Dr. Tabaré Vázquez por el ex comandante en jefe de la Fuerza Aérea, brigadier Enrique Bonelli, confirmó, por primera vez oficialmente, la participación de esa fuerza en los traslados clandestinos llevados a cabo durante la dictadura en forma conjunta con el Ejército.

También está documentado que la Armada Nacional estuvo activamente involucrada en el secuestro, torturas, traslados clandestinos y desaparición de militantes opositores, habiendo sido procesado hasta el momento el capitán de navío ® Juan Carlos Larcebeau y estando prófugo de la justicia uruguaya el también capitán de navío ® Jorge Tróccoli.

Durante la dictadura Larcebeau cumplió funciones como oficial de Inteligencia del Estado Mayor del Cuerpo de Fusileros Navales (Fusna) desde setiembre de 1977 hasta 1980. Según su propio testimonio ante la justicia uruguaya que lo procesó por “reiterados delitos de desaparición forzada”, se desempeñó en esta dependencia desde 1972, llegando en 1977 a ser director de Inteligencia y fue procesado por su participación en la represión a los Grupos de Acción Unificadora (GAU) que operaban en la Argentina.
El Segundo Vuelo.

El 27 de marzo del año pasado, el juez penal de 19º Turno, Luis Charles, dispuso la condena de ocho militares y policías vinculados con la represión de la dictadura cívico-militar, como autores responsables de veintiocho (28) delitos de homicidio muy especialmente agravados en reiteración real aunque no imputó el delito de “desaparición forzada” que correspondería para dicho casos.



El magistrado condenó a los ocho represores a penas de entre 20 y 25 años de penitenciaría por el secuestro y traslado clandestino al Uruguay del militante del PVP Adalberto Soba Fernández y otros 27 uruguayos, víctimas de la coordinación represiva denominada "Plan Cóndor", en la megacausa conocida como "Segundo Vuelo" de Automotores Orletti.

La sentencia emitida por el juez Charles dispuso la condena por primera vez en la historia de militares y policías vinculados con el régimen dictatorial uruguayo. El histórico fallo se concretó 24 años después de reinstaurada la democracia en Uruguay y 35 años después del golpe de Estado encabezado por Juan María Bordaberry, en junio de 1973.

En este sentido, Charles dispuso la condena de los militares retirados José Nino Gavazzo, Ricardo Arab, Jorge "Pajarito" Silveira, Ernesto Avelino Ramas, Gilberto Vázquez a una pena de 25 años de penitenciaría; al tiempo que para el coronel (r) Luis Maurente y los ex jerarcas policiales Ricardo "Conejo" Medina y José Sande Lima la pena dispuesta es de 20 años.

Por la misma causa en nuestro país se encuentra prófugo de la justicia uruguaya el coronel ® Manuel Cordero quien fuera extraditado a principios de año desde Brasil a la Argentina por su participación en crímenes de Lesa Humanidad en la vecina orilla.

La sentencia del magistrado responde al homicidio "en el marco del terrorismo de Estado" de los militantes de izquierda Adalberto Soba Fernández, Alberto Mechoso Méndez, Rafael Lezama, Miguel Moreno, Casimira Carretero, Juan Pablo Recagno, Washington Queiró, Walner Bentancour Garín, Carlos Rodríguez, Julio Rodríguez Rodríguez, Rubén Prieto, Juan Pablo Errandonea, Raúl Tejera, Mario Cruz Bonfiglio, Armando Bernardo Arnone, Wáshington Cram, Cecilia Trías, Segundo Chejenian, Graciela Da Silveira, Victoria Grisonas, Roger Julien, María Emilia Islas, Jorge Zaffaroni, Josefina Keim, Juan Miguel Morales, Ary Cabrera, León Duarte y Gerardo Gatti.

El fallo reconstruye el secuestro en Buenos Aires de las 28 víctimas por las cuales se condenó a los militares, en especial por los casos de Adalberto Soba y Alberto Mechoso, y sus pasajes por distintos centros ilegales de detención en Argentina y Uruguay.



Paraguay.

La dictadura uruguaya extendió su accionar represivo mucho más allá de la República Argentina, llegando a operar también en Paraguay durante la dictadura del Gral. Stroessner.

Concretamente en el caso de Paraguay, la fiscal Mirtha Guianze solicitó la semana pasada el procesamiento del coronel (r) Carlos Calcagno, por su responsabilidad comprobada, en base a las pruebas documentales halladas en los “Archivos del Horror”, en el secuestro de los militantes del PVP, Gustavo Inzaurralde y Nelson Santana, en mayo de 1977, durante un operativo conjunto de las fuerzas represivas uruguayas, argentinas y paraguayas, en el marco del "Plan Cóndor".

Calcagno fue jefe de Contrainformaciones del Ejército uruguayo durante la dictadura y se lo vincula además con otros crímenes cometidos en territorio uruguayo. Fue además uno de los torturadores identificados durante 1972 en el Batallón Florida de Montevideo donde centenares de integrantes del MLN Tupamaros fueron sometidos a inhumanas torturas.
La represión a la resistencia en suelo uruguayo.

El golpe de Estado del 27 de junio de 1973 del hoy procesado Juan María Bordaberry fue enfrentado por la clase obrera, los estudiantes y el pueblo uruguayo con una huelga general de 15 días que conmovió al mundo pautando lo que sería un largo y doloroso proceso de resistencia al Terrorismo de Estado y que conduciría, luego de más de 10 años a su derrota concretada al comienzo de 1985.

El otro grupo de ciudadanos cuyo paradero permanece desconocido hasta el día de hoy y que totaliza la cifra de 34, es el de aquellos luchadores sociales y políticos que fueron detenidos en el territorio uruguayo por las fuerzas represivas y que integraban la resistencia organizada al régimen de los militares actuando en la clandestinidad en las más extremas condiciones.


A diferencia de lo ocurrido con quienes fueron secuestrados fuera de las fronteras nacionales, cuyo secuestro y desaparición se concentró en los años 76 y 77 básicamente, los detenidos desaparecidos en suelo uruguayo, constituye un grupo que fue objeto de la represión en forma continuada desde el año 73 hasta el fin del proceso dictatorial, estableciendo una pauta represiva destinada a desarticular a los grupos organizados de la resistencia y a establecer un clima agobiante y de terror para mantener el régimen.

La mayoría de ellos pertenecían al PCU o estaban vinculados a sus actividades clandestinas aunque hay desaparecidos también de otras organizaciones políticas y sociales.

Además de Roberto Gomensoro al cual ya nos referimos, los casos más conocidos son los de Elena Quinteros, secuestrada del interior de la Embajada de Venezuela en 1976 y militante del PVP, el del maestro y periodista de Marcha, Julio Castro, el de Ubagesner Chaves Sosa cuyos restos fueron encontrados en el año 2005 en una chacra de Pando perteneciente a la Fuerza Aérea durante la dictadura y el del escribano Fernando Miranda cuyos restos fueron encontrados en el mismo año en el Batallón de Infantería Nº 13, lugar donde funcionó el tenebroso centro de torturas “300 Carlos” o “Infierno Grande” durante la dictadura.
Calen: Centro de Memoria y DDHH.

La Ley de Reparación 18 596 promulgada el 19 de setiembre del año pasado para las víctimas del Terrorismo de Estado, establece en su artículo 8 que el Estado podrá definir el destino de memorial para aquellos edificios o instalaciones que recuerden las violaciones a los DDHH y podrá determinar la celebración de fechas conmemorativas de las mismas.


Durante la dictadura militar, el edificio en el cual actualmente funciona el Centro de Altos Estudios Nacionales (Calen), dependiente del Ministerio de Defensa Nacional (MDN), ubicado en Bulevar Artigas y Palmar, fue la sede del Servicio de Información de Defensa (SID) de las Fuerzas Armadas. En los años de plomo, fue uno de los centros neurálgicos de los equipos de inteligencia destinados a la represión. En dicho lugar estuvieron los uruguayos trasladados en el Primer Vuelo y en el Segundo Vuelo desde la República Argentina y que permanecen desaparecidos hasta el día de hoy. En dicho lugar también estuvo recluida María Claudia García de Gelman antes de dar a luz a Macarena y ser trasladada con destino desconocido.

Desde hace varios años, Crysol, la asociación que nuclea y representa a todas y a todos los ex presos políticos de Uruguay, viene reclamando con el apoyo de otras organizaciones sociales y de DDHH, que el Calen sea transformado en un Centro de Memoria y de DDHH, un memorial recordatorio de las graves atrocidades cometidas en nuestro país.

A 25 años del retorno a la democracia adoptar la decisión de trasformar al Calen en un Centro de Memoria es una decisión impostergable en la lucha por barrer con los vestigios del terrorismo de Estado, erigiendo un Memorial destinado a perpetuar la memoria de lo ocurrido mirando hacia el futuro.
Detenidos Desaparecidos: una deuda oprobiosa de la democracia uruguaya.

Almorzando con Mirtha Legrand, el ex presidente Luis Alberto Lacalle declaró el año pasado que los detenidos desaparecidos de Uruguay eran una media docena. Se quedó corto. Fueron muchísimos más. Al margen de la cifra exacta, dilucidar con exactitud el destino de todos los detenidos desaparecidos, el qué, quién, cuándo, cómo, dónde y porqué de su situación es un aspecto pendiente de la calidad democrática de nuestro país.

La desaparición forzada es un delito de lesa humanidad, imprescriptible e inamnistiable que se sigue cometiendo hasta que se esclarezca tal cual lo establece la normativa internacional y nacional de DDHH.


Los tres poderes del Estado están involucrados en las omisiones. Aún existen jueces que se niegan a aplicar la normativa vigente tipificando los delitos establecidos en las normas de DDHH. El Parlamento aún no ha anulado la Ley de Caducidad de la Pretensión Punitiva del Estado como reclama la Comisión Interamericana de DDHH. El Poder Ejecutivo debería incrementar los esfuerzos destinados a esclarecer está temática fortaleciendo y robusteciendo las herramientas que permitan investigar y destruir el “pacto de silencio” de los perpretadores de los crímenes, como ha sugerido el Gral. Oscar Pereira para llegar a la verdad.

Para barrer con los vestigios del terrorismo de Estado, para afirmar las normas democráticas que se asientan en el principio básico de la justicia, para afirmar los valores de los DDHH y construir un país de primera hay un solo camino: la aplicación de las directrices de la Resolución 60/147 de las Naciones Unidas.
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(*) Publicado en El popular 27 8 10




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